A- de 2021
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Leyder Veru Veru·Demandado Presidente De La Republica
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reglas para dirimir conflictos ante la Jurisdicción Especial para la Paz
- Factor subjetivo
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz y la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se fundó en una interpretación divergente del factor subjetivo.
Concluyó la Corte que el despacho competente para resolver de fondo la acción de tutela es la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, a quien dispone enviar el expediente para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Lo anterior, tras evidenciar que a solicitud de amparo no se dirige contra la JEP ni subyace a una acción u omisión atribuible a alguno de sus órganos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 14 de abril de 2021 por la Seccion Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, dentro del proceso de tutela promovido por Leyder Veru Veru contra el presidente de la Republica, la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y la Agencia para la Reincorporacion y la Normalizacion.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3994 a la Seccion Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte accionante y a la Seccion de Revision del Tribunal para la Paz la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.